- Requisitos para ser candidatos
- Inscripción de candidatos
- Comités municipales
- Comités departamentales
- Inhabilidades e incompatibilidades
-
Incompatiblidades, prohibiciones
estatutarias y reglamentarias - Manual de Imagen Elecciones, versión candidatos
- Identidad cafetera: Ser productor de café federado y tener Cédula Cafetera.
- Trayectoria y compromiso: Contar con una antigüedad mayor de 3 años como productor federado (requisito exclusivo para candidatos a Comités Departamentales).
- Integridad gremial: No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones establecidas en los estatutos de la Federación de Cafeteros.
- Identidad local: Tener el predio que lo acredita como productor de café federado, situado dentro de los municipios que conforman la circunscripción por la cual postula su candidatura.
- Participación activa: Estar debidamente registrado en el censo electoral.
Consulte la resolución N° 6 que contiene las reglas sobre el manejo de las campañas políticas de las candidaturas, la utilización de los medios de divulgación, bienes y espacios en los Comités Departamentales y Municipales de cafeteros.
La inscripción de candidatos debe ser realizada por un mínimo de 5 productores de café federados cuyos predios estén situados en el municipio o en uno de los que integran la circunscripción correspondiente.
- Apertura: 10 de junio de 2026 a las 8:00 a.m.
- Cierre: 30 de junio de 2026 a las 5:00 p.m
ACEPTACIÓN EXPRESA
La candidatura a cualquiera de los órganos de elección debe ser expresamente aceptada por escrito por el candidato.
PROHIBICIÓN DE ACEPTAR VARIAS CANDIDATURAS
Una misma persona NO puede formar parte de varias listas o candidaturas.
PLANCHAS Y LISTAS COMPLETAS
Sólo se admitirá la solicitud de inscripción de candidatos a:
- Planchas para ser Delegados al Congreso Nacional de Cafeteros (y consecuentemente al Comité Departamental): Deben estar completas, conteniendo un principal y un suplente para una circunscripción.
- Listas para ser Miembros de Comités Municipales: Deben estar completas, conformadas por 6 renglones de candidatos principales con sus 6 respectivos suplentes.
Cualquier plancha o lista deberá haber sido presentada por un mínimo de 5 productores de café federados con predios situados en el respectivo municipio o en uno de los municipios que integran la circunscripción correspondiente.
El orden de las planchas y listas en las tarjetas electorales (físicas y virtuales) se determinará conforme a la fecha y hora de la respectiva radicación del Acta de Inscripción.
Para inscribirse como candidato, debe presentar una lista conformada por 6 candidatos principales y 6 suplentes. La unión de estos doce líderes es la que dará rumbo a su comunidad.
¿Cómo realizar la inscripción?
Virtual: A través del chat de WhatsApp de la FNC.
Presencial: En las oficinas del Comité Municipal o Departamental al cual se postula. Es necesario entregar los siguientes documentos debidamente diligenciados y firmados:
- Descargar acta: solicitud de inscripción de candidatos comités municipales.
- Descargar hoja de vida: candidatos comités municipales.
Para inscribirse como candidato, debe presentar una plancha de candidatura individual conformada por un candidato principal y un suplente.
¿Cómo realizar la inscripción?
Virtual: A través del chat de WhatsApp de la FNC.
Presencial: Entregue en su Comité los siguientes formularios, debidamente diligenciados y firmados:
- Descargar acta: de solicitud de inscripción de candidatos comités departamentales.
- Descargar hoja de vida: candidatos comités departamentales.
- Ser menor de edad.
- Haber sido condenado por sentencia ejecutoriada a pena privativa de la libertad superior a un año, salvo cuando se trate de delitos culposos.
- Tener antecedentes fiscales o disciplinarios.
- Haber sido despedido de la Federación o de cualquier empresa donde la Federación tenga el carácter de asociada, socia o accionista, por mala conducta o acciones contrarias a la ética en el desempeño de su cargo.
- Haber estado vinculado, en los 8 años anteriores a la elección, en cualquiera de los organismos que ejercen el control o la vigilancia fiscal de la Federación o de entidades del gremio cafetero o haber tenido a cargo alguna investigación, indagación preliminar o cualquier procedimiento en nombre de una entidad de inspección control y vigilancia sobre la Federación Nacional de Cafeteros, sus representante legales o miembros de órganos directivos.
- Haber estado vinculado, con contrato de trabajo o de servicios, dentro de los 8 años inmediatamente anteriores a la elección, a la Federación o cualquier empresa en que la Federación sea la matriz o controlante.
- Haber sido, durante los 4 años anteriores a la elección, asistente técnico en materia de café o de cultivos de diversificación en el departamento o municipio respectivo, bajo la interventoría de la Federación, o empleado de una Cooperativa Caficultores o Asociativa de Trabajo que tenga vínculos contractuales con la Federación.
- Haber sido servidor público en corporación o cargo de elección popular en los 2 años anteriores a la fecha de la elección.
- Haber sido parte de directorios políticos o candidato inscrito para corporación o cargo público de elección popular en el año inmediatamente anterior a las elecciones cafeteras.
- Haber realizado actividades partidistas, promovido listas y en general haber realizado actividades de proselitismo político partidista en favor de algún partido o candidato durante el año inmediatamente anterior a las elecciones cafeteras.
- Haber perdido la calidad de miembro electivo del Comité Nacional, miembro del Departamental o del Municipal de Cafeteros, por decisión del Tribunal Disciplinario.
- Haber sido sancionado por el Tribunal Disciplinario de la Federación por violación a los Estatutos o por violación al Código de Ética y Buen Gobierno.
- Ser servidor público.
- Formar parte de un directorio político o inscribirse como candidato a una corporación o cargo público de elección popular.
- Realizar actividades de proselitismo político partidista en favor de algún partido, movimiento o candidato.
- Desempeñar empleo en la Federación Nacional de Cafeteros, o en cualquier empresa donde la Federación tenga el carácter de accionista con recursos de su patrimonio privado o del Fondo Nacional del Café.
- Ser contratista de la Federación directamente o por interpuesta persona o empleado del contratista; ser contratista de las entidades sobre las cuales la Federación con recursos propios o con recursos del Fondo Nacional del Café sea la matriz o controlante o tenga mayoría en los órganos de administración o control.
- Desempeñarse como empleado o contratista de manera directa o indirecta de cualquier cooperativa o asociación de caficultores en donde la Federación con sus recursos propios o del Fondo Nacional del Café tenga aportes o tenga vigente cualquier patrocinio o línea de financiamiento o apoyo para el ejercicio de la garantía de compra.
- Ser propietario, empleado, representante legal, miembro del consejo de administración, de la junta de vigilancia, junta directiva o de la revisoría fiscal de cualquier entidad dedicada a comprar, transformar o exportar café.
Esta incompatibilidad tiene las siguientes excepciones:
Los Delegados del Congreso Nacional de Cafeteros, los miembros de los comités departamentales y municipales pueden:
- Ser miembros del Consejo de Administración y Juntas de Vigilancia de las Cooperativas de caficultores que tengan vigente avales otorgados por los comités de cafeteros, contratos de agencia de compra con la Federación o Almacafé o líneas de financiamiento o de apoyo para ejercer la garantía de compra.
- Como personas naturales pueden ser exportadores de café en pequeñas cantidades, siempre y cuando no exporten al año más de 720 kilos de café verde o su equivalente en café procesado, en máximo 12 operaciones.
- Podrán ser representantes legales, miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia, Junta Directiva de entidades dedicadas a comprar, transformar o exportar café, con el objeto de representar los intereses de la Federación o de sus filiales o subsidiarias.
VERSIÓN CANDIDATOS
Aquí encontrarán los lineamientos para el uso correcto del logo el poder de la unión en sus materiales de campaña, tanto impresos como digitales.
¿Quién puede usar el logo?
- Candidatos debidamente inscritos y avalados por el comité correspondiente.
- Solo durante el período oficial de campaña establecido por la Federación.
- No está permitido su uso por parte de terceros, simpatizantes o medios de comunicación sin autorización.
- El logo no puede usarse para fines comerciales ajenos a la campaña.
Principio fundamental
El logo el poder de la unión representa el proceso democrático del sector cafetero colombiano. Su uso en piezas de candidatos debe reflejar siempre respeto institucional, independencia del partido político.
Descargar: Manual de Imagen Elecciones Cafeteras 2026 – Versión candidatos
PLAZO DE INSCRIPCIÓN CANDIDATOS DEL 10 AL 30 DE JUNIO
