• Identidad cafetera: Ser productor de café federado y tener Cédula Cafetera. 
  • Trayectoria y compromiso: Contar con una antigüedad mayor de 3 años como productor federado (requisito exclusivo para candidatos a Comités Departamentales).
  • Integridad gremial: No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones establecidas en los estatutos de la Federación de Cafeteros. 
  • Identidad local: Tener el predio que lo acredita como productor de café federado, situado dentro de los municipios que conforman la circunscripción por la cual postula su candidatura.
  • Participación activa: Estar debidamente registrado en el censo electoral.

Consulte la resolución N° X que contiene las reglas sobre el manejo de las campañas políticas de las candidaturas, la utilización de los medios de divulgación, bienes y espacios en los Comités Departamentales y Municipales de cafeteros.

La inscripción de candidatos debe ser realizada por un mínimo de 5 productores de café federados cuyos predios estén situados en el municipio o en uno de los que integran la circunscripción correspondiente.

  • Apertura: 10 de junio de 2026 a las 8:00 a.m.
  • Cierre: 30 de junio de 2026 a las 5:00 p.m

ACEPTACIÓN EXPRESA 

La candidatura a cualquiera de los órganos de elección debe ser expresamente aceptada por escrito por el candidato.

PROHIBICIÓN DE ACEPTAR VARIAS CANDIDATURAS

Una misma persona NO puede formar parte de varias listas o candidaturas.

PLANCHAS Y LISTAS COMPLETAS

Sólo se admitirá la solicitud de inscripción de candidatos a:

  • Planchas para ser Delegados al Congreso Nacional de Cafeteros (y consecuentemente al Comité Departamental): Deben estar completas, conteniendo un principal y un suplente para una circunscripción.
  • Listas para ser Miembros de Comités Municipales: Deben estar completas, conformadas por 6 renglones de candidatos principales con sus 6 respectivos suplentes.

Cualquier plancha o lista deberá haber sido presentada por un mínimo de 5 productores de café federados con predios situados en el respectivo municipio o en uno de los municipios que integran la circunscripción correspondiente.

El orden de las planchas y listas en las tarjetas electorales (físicas y virtuales) se determinará conforme a la fecha y hora de la respectiva radicación del Acta de Inscripción. 

Para inscribirse como candidato, debe presentar una lista conformada por 6 candidatos principales y 6 suplentes. La unión de estos doce líderes es la que dará rumbo a su comunidad.

¿Cómo realizar la inscripción?

Virtual: A través del chat de WhatsApp de la FNC.

Presencial: En las oficinas del Comité Municipal o Departamental al cual se postula. Es necesario entregar los siguientes documentos debidamente diligenciados y firmados:

Para inscribirse como candidato, debe presentar una plancha de candidatura individual conformada por un candidato principal y un suplente.

¿Cómo realizar la inscripción?

Virtual: A través del chat de WhatsApp de la FNC.

Presencial: Entregue en su Comité los siguientes formularios, debidamente diligenciados y firmados:

  1. Ser menor de edad.
  2. Haber sido condenado por sentencia ejecutoriada a pena privativa de la libertad superior a un año, salvo cuando se trate de delitos culposos.
  3. Tener antecedentes fiscales o disciplinarios.
  4. Haber sido despedido de la Federación o de cualquier empresa donde la Federación tenga el carácter de asociada, socia o accionista, por mala conducta o acciones contrarias a la ética en el desempeño de su cargo.
  5. Haber estado vinculado, en los 8 años anteriores a la elección, en cualquiera de los organismos que ejercen el control o la vigilancia fiscal de la Federación o de entidades del gremio cafetero o haber tenido a cargo alguna investigación, indagación preliminar o cualquier procedimiento en nombre de una entidad de inspección control y vigilancia sobre la Federación Nacional de Cafeteros, sus representante legales o miembros de órganos directivos.
  6. Haber estado vinculado, con contrato de trabajo o de servicios, dentro de los 8 años inmediatamente anteriores a la elección, a la Federación o cualquier empresa en que la Federación sea la matriz o controlante.
  7. Haber sido, durante los 4 años anteriores a la elección, asistente técnico en materia de café o de cultivos de diversificación en el departamento o municipio respectivo, bajo la interventoría de la Federación, o empleado de una Cooperativa Caficultores o Asociativa de Trabajo que tenga vínculos contractuales con la Federación.
  8. Haber sido servidor público en corporación o cargo de elección popular en los 2 años anteriores a la fecha de la elección.
  9. Haber sido parte de directorios políticos o candidato inscrito para corporación o cargo público de elección popular en el año inmediatamente anterior a las elecciones cafeteras.
  10. Haber realizado actividades partidistas, promovido listas y en general haber realizado actividades de proselitismo político partidista en favor de algún partido o candidato durante el año inmediatamente anterior a las elecciones cafeteras.
  11. Haber perdido la calidad de miembro electivo del Comité Nacional, miembro del Departamental o del Municipal de Cafeteros, por decisión del Tribunal Disciplinario.
  12. Haber sido sancionado por el Tribunal Disciplinario de la Federación por violación a los Estatutos o por violación al Código de Ética y Buen Gobierno.
  1. Ser servidor público.
  2. Formar parte de un directorio político o inscribirse como candidato a una corporación o cargo público de elección popular.
  3. Realizar actividades de proselitismo político partidista en favor de algún partido, movimiento o candidato.
  4. Desempeñar empleo en la Federación Nacional de Cafeteros, o en cualquier empresa donde la Federación tenga el carácter de accionista con recursos de su patrimonio privado o del Fondo Nacional del Café.
  5. Ser contratista de la Federación directamente o por interpuesta persona o empleado del contratista; ser contratista de las entidades sobre las cuales la Federación con recursos propios o con recursos del Fondo Nacional del Café sea la matriz o controlante o tenga mayoría en los órganos de administración o control.
  6. Desempeñarse como empleado o contratista de manera directa o indirecta de cualquier cooperativa o asociación de caficultores en donde la Federación con sus recursos propios o del Fondo Nacional del Café tenga aportes o tenga vigente cualquier patrocinio o línea de financiamiento o apoyo para el ejercicio de la garantía de compra.
  7. Ser propietario, empleado, representante legal, miembro del consejo de administración, de la junta de vigilancia, junta directiva o de la revisoría fiscal de cualquier entidad dedicada a comprar, transformar o exportar café.

Esta incompatibilidad tiene las siguientes excepciones:

Los Delegados del Congreso Nacional de Cafeteros, los miembros de los comités departamentales y municipales pueden:

  1. Ser miembros del Consejo de Administración y Juntas de Vigilancia de las Cooperativas de caficultores que tengan vigente avales otorgados por los comités de cafeteros, contratos de agencia de compra con la Federación o Almacafé o líneas de financiamiento o de apoyo para ejercer la garantía de compra.
  2. Como personas naturales pueden ser exportadores de café en pequeñas cantidades, siempre y cuando no exporten al año más de 720 kilos de café verde o su equivalente en café procesado, en máximo 12 operaciones.
  3. Podrán ser representantes legales, miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia, Junta Directiva de entidades dedicadas a comprar, transformar o exportar café, con el objeto de representar los intereses de la Federación o de sus filiales o subsidiarias.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN CANDIDATOS DEL 10 AL 30 DE JUNIO